El Austral
La Tercera Sala de la Corte Suprema revocó el recurso de protección que había deducido el fiscal Luis Arroyo y que buscaba que el contenido de sus tres celulares no fuera entregado a la defensa de uno de los excarabineros imputados por la Operación Huracán.
La resolución del máximo tribunal del país obliga a que el Ministerio Público haga entrega del material a la defensa de Patricio Marín Lazo, el exjefe de la cuestionada Unidad de Inteligencia de Carabineros.
El fallo de los ministros de la Corte Suprema deja sin efecto la resolución de la Corte de Apelaciones de Temuco que había paralizado la entrega de la evidencia.
El objetivo es que el material sea periciado y así poder acreditar, entre otras cosas, que el fiscal Arroyo mantenía contacto constante con el imputado Marín y que incluso podría estar al tanto de la Operación Huracán, antes de la liberación de información de inteligencia a través del Oficio 130 de septiembre de 2017.
Contenido
La defensa del fiscal Arroyo aseveraba que los teléfonos en cuestión contenían información y registros de la vida privada, personal y familiar de Arroyo, "al que tendría acceso precisamente quien es investigado por introducir comunicaciones falsas en teléfonos celulares de otras víctimas de la misma investigación", señalan.
Javier Jara, abogado defensor del exmayor Marín, afirmó que la decisión de la Corte de Apelaciones de Temuco de no entregar los antecedentes "coarta tener acceso a una prueba esencial para la teoría del caso de un imputado privado de libertad en la Operación Huracán", añadiendo incluso que el fiscal Arroyo podría haber borrado información de sus teléfonos.