El nuevo sistema tributario regirá para la presente cosecha agrícola
reforma tributaria. Sofo informó a los agricultores sobre cambios y repercusiones de la reforma.
"No puedo hoy decirles a mis contribuyentes que opten por un sistema u otro, pero sí puedo informar y orientar a quienes tenían, por ejemplo, renta presunta, pasar al sistema del 14 TER, que podría ser lo más conveniente para los empresarios agrícolas, dada la forma de trabajo del sector", precisó el contador auditor y encargado de Gestión Tributaria y Laboral de la Sociedad de Fomento Agrícola de Temuco (Sofo), Claudio Quiñelén.
Quiñelén entregó estas acotaciones en el marco de la charla informativa "Reforma Tributaria y sus implicancias en la agricultura ¿Desde cuándo y cómo me afecta?", que organizó Sofo ante la preocupación de la operatividad de la ley vigente desde el año pasado, y sus consecuencias para el sector productivo.
"Hay poca información, el sector agrícola no fue considerado desde un inicio para opinar sobre esta normativa, por lo que hemos sido perjudicados. A su vez, las personas que participaban en sociedades dentro de un mismo rubro también se verán afectadas", comentó el presidente de Sofo, Marcelo Zirotti.
El presidente del gremio agregó que se presume que a los agricultores "nos acomodala renta presunta, porque es más simple, dado que estamos siempre lejos de la ciudad debido a las labores del campo".
CAMBIOS
El contador auditor de Sofo aclaró que los principales temas que modifica la ley sobre impuesto a la renta son: aumento impuesto de 1ª categoría (de 21% en 2014 a un 25% en 2017); rebaja de la tasa máxima de impuesto a las personas; nuevo sistema sobre base devengada; término del Fondo de Utilidades Tributables (FUT) en 2018; nuevo artículo 14 TER con mayor cobertura y beneficios para micro y pequeñas empresas; y, por último, ganancias de capital.
¿CÓMO OPERA?
El nuevo artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta establece la forma y oportunidad en que las rentas empresariales (Primera Categoría) se gravarán con los impuestos finales (global complementario o adicional) a nivel de los propietarios de la renta.
"El sistema propuesto, mantiene la integración entre el impuesto aplicado a nivel de la empresa y los impuestos finales que deben pagar los propietarios de la misma. Esta integración se expresa en que el impuesto de primera categoría se deduce como crédito de los impuestos global complementario o adicional", puntualizó el encargado de Gestión Tributaria y Laboral de Sofo.
Esto significa, dijo Quiñelén, que las rentas de la empresa, en el año en que se generaron, pasarán a formar parte de las bases imponibles de los dueños de la misma, gravándose de acuerdo a los tramos que corresponda del impuesto global complementario o con el impuesto adicional. Todo ello, con independencia de la decisión de retirar, distribuir o remesar esas rentas.
ASISTENTES
Poca información e incertidumbre es lo que genera la reforma tributaria en el sector agrícola.
"Estamos preocupados por el tema tributario debido a cómo nos puede afectar en el sector productivo y nuestras utilidades", puntualizó Ewald Luchsinger, agricultor de Vilcún.
Para Gabriela Guzmán, agricultura de Pitrufquén, esta reforma es "un buque muy grande que se nos viene encima a los agricultores, sobre todo porque todavía hay mucha desinformación".
2018
es el año de instalación final de la reforma tributaria, que comenzó a operar paulatinamente a partir de octubre de 2014.
a un 25%
aumentará el impuesto de primera categoría en el año 2017. Actualmente, este tributo corresponde a un 21%.