Atacantes de misioneras tenían un amplio prontuario policial
hechos. La mayoría de las condenas, 17 en total, les fueron aplicadas cuando eran menores de edad. Abogado defensor respaldó forma de operar en causas.
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Diecisiete condenas acumulan los dos jóvenes que el pasado 30 de abril ingresaron a una propiedad de la villa San Andrés de Temuco, robándoles una serie de pertenencias a cuatro misioneras mormonas para posteriormente atacar sexualmente a una de ellas.
La víctima, una joven argentina, fue atacada por uno de los hampones, quienes tras permanecer por casi dos horas al interior de la vivienda huyeron y a los pocos minutos cayeron en manos de los efectivos de la Sip de la Octava Comisaría de Carabineros de Temuco, siendo sorprendidos con todas las pertenencias de las afectadas.
Los detenidos, que fueron identificados como José Aedo Reyes (18) y Marco Barría Amolef (18) fueron condenados cuando eran menores de edad y su ingreso al mundo delictual ocurrió cuando ambos tenían tan solo 16 años.
La actual investigación que lleva el Ministerio Público en su contra los hampones las enfrentan ya siendo mayores de edad y de acuerdo a lo que señaló en su oportunidad el fiscal Jorge Mandiola, ambos "arriesgan penas bastante altas si se logra acreditar el robo con violación, llegando incluso al presidio perpetuo".
prontuarios
De acuerdo a los antecedentes del sistema, los dos detenidos tienen a su haber un variado prontuario que les ha valido ser condenados de diversas formas en 17 oportunidades.
En el caso particular de Aedo Reyes, este ha sido condenado - mientras era menor de edad - en cinco oportunidades mientras que, Barría Amolef, tiene a su haber un total de 12 condenas.
El primero (Aedo) tiene a su haber un historial delictual que se inicia en el año 2013 cuando tenía 16 años. Desde ese periodo en adelante ha sido detenido en innumerables oportunidades siendo condenado por delitos como robo por sorpresa; condena por porte de elemento para cometer robo y por receptación, solo ese año.
El 2014 en tanto, recibió dos condenas por portar elemento para cometer un delito y por robo en lugar no habitado, recibiendo solo una amonestación verbal el día 25 de septiembre en el Juzgado de Garantía.
Barría por su parte, tiene condenas por porte de elemento para cometer robo; hurto, receptación, robo en lugar habitado, robo en lugar no habitado, solo si tomamos en cuenta el 2013. Al año siguiente (2014) fue condenado por receptación; robo en lugar habitado, otras cuatro veces por robo en lugar no habitado y una última por robo con intimidación.
Esta última condena fue dictada el 29 de diciembre y en que aquella oportunidad el Juzgado de Garantía lo condenó solo a la pena de 3 años y un día de internación en régimen semicerrado.
defensoría
Luis Acuña Tapia es miembro de la unidad especializada en menores de la Defensoría Penal Pública y conoce muchas de estas historias. Reconoce que hay niños que son "parte del circuito del Sename" pero que detrás de esas mismas personas hay también historiales de vulneraciones no menores que explicarían su comportamiento ante el resto de la sociedad.
Acuña explica que le ha tocado conocer historias de menores donde "nunca han tenido una familia, arraigo, protección y finalmente llegan a no respetar nada, tienen cero respeto por los terceros porque ellos en su momento sienten que no fueron respetados".
A lo anterior agrega que el propio sistema preventivo ideado para que no vulneren los derechos de los otros no es socialmente bien visto o evaluado porque carece de ciertos aspectos.
"En la mayoría de los casos son porque las intervenciones no están abocadas al caso a caso porque se aplican instrumentos estándar pero no necesariamente van a decir relación con las particularidades propias de ese o esa joven", sostiene.
Además plantea una crítica a que en el país no hay regulación alguna a los problemas mentales que puede tener una persona, sea niño o no, explicando que "en Chile no hay un diagnostico ni tampoco un tratamiento en esta materia y hay casos donde eso se da y no se sabe qué hacer".
Por último, y ante las críticas por parte de la ciudadanía por el actuar para con los menores a la hora de ejercer la defensa, el defensor penal adolescente sostuvo que "nosotros como defensa especializada tenemos no solo la ley como argumento sino que también tenemos la convención de los derechos del niño y de ahí la ley extrae una serie de principios" agregando que "un Tribunal siempre deberá propender a la sanción libertad por sobre la privación de libertad entre los jóvenes de 14 y 17 años y 12 meses".
investigación
En el ámbito netamente investigativo, la causa por el ataque a la casa de las jóvenes mormonas ha tomado algunos giros y en aspectos no menores. El más trascendental indica que fue solo uno de los hampones que logró abusar de la misionera argentina - no ambos como se señaló en su oportunidad en la audiencia de formalización - según lo aseguró la fiscal Magna Gómez.
"Solamente uno de los sujetos fue el que violó a la ciudadana argentina. Lo que pasa es que aún está un poco confuso porque uno trató pero no logró la erección propiamente tal y la dejó y el otro imputado sí ingresó con ella al baño y la violó", detalló la persecutora miembro de la Unidad de Delitos Sexuales del Ministerio Público.