Corte de Apelaciones rechaza el recurso contra hidroeléctrica
EN CURARREHUE. La central de pasada Añihuerraqui fue aprobada en julio por la Comisión de Evaluación Ambiental.
La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso de protección interpuesto por la Municipalidad de Curarrehue en conjunto con organizaciones sociales y comunidades indígenas de la comuna en contra de la instalación de la Central Hidroeléctrica de Pasada Añihuerraqui, cuya construcción fue aprobada el 14 de julio pasado por la Comisión de Evaluación Ambiental (Coeva).
El proyecto, a cargo de la empresa GTD Negocios S.A, contempla una central hidroeléctrica de pasada sin regulación de caudal, con una potencia estimada en 9 megawatt, la que se conectará al Sistema Interconectado Central (SIC) a través de una línea de transmisión eléctrica de 744 metros.
A pesar de su aprobación con 7 votos a favor y 4 en contra por parte de la Coeva, la central ha tenido un alto nivel de rechazo por parte de las comunidades emplazadas en el sector donde se instalará.
Añihuerraqui contempla una inversión de 22 millones de dólares, en un territorio que colinda con las comunidades indígenas Camilo Coñoequir Llaftunekul, Camilo Coñoequir, Juanita Curipichún y Folilco Juan Curipichún, pertenecientes al lof Trancura.
Además, en el sector existen lugares de significación cultural, siendo esta última una de las principales razones en las que se justificó la presentación del recurso de protección ante el tribunal de alzada, solicitud que cuenta con el patrocinio de la ONG Observatorio Ciudadano.
Según lo indicado en el fallo, la razón del rechazo de acuerdo con el veredicto de la Corte de Apelaciones, es que no apreció urgencia para la procedencia de una acción cautelar, considerando que existe "jurisdicción especializada con plena competencia para conocer de estas materias, como son los Tribunales Ambientales", precisa el documento.
Acciones
"La Corte de Apelaciones no se pronunció sobre el fondo del asunto, sino que se limitaron a indicar que no tenía una urgencia necesaria para que procediera a recurso de protección", explica Sergio Millamán, abogado del Observatorio Ciudadano, quien precisa que el fallo señala que materias de este tipo deben ser vistas por el Tribunal Ambiental.
Sin embargo, el abogado del Observatorio Ciudadano señala que los procesos a través del Tribunal Ambiental son lentos, y no invalida que la empresa pueda comenzar las obras de la hidroeléctrica en cualquier momento.
"No van a suspender la autorización que tiene la empresa. Si bien podríamos tener un buen resultado a largo plazo, el daño que se podría causar en el intertanto no se va a evitar y podría ser irreparable", acota Millamán.
Corte suprema
Bajo este escenario, el equipo legal de la ONG en conjunto con las comunidades participantes y el municipio, realizarán una apelación ante la Corte Suprema.
"Estamos evaluando los pasos a seguir, existen otras acciones legales que se pueden interponer. Por ahora, estamos concentrados en la apelación a la Corte Suprema, ya que es el recurso de protección lo que más garantiza derechos para las comunidades", indica Millamán.
Desde la comunidad
Ely López, vocera del Lof Trankura, señaló que si bien se están haciendo todos los esfuerzos por la vía legal, como comunidad están conscientes que el camino es difícil, pero siguen trabajando para impedir la instalación de la hidroeléctrica. "Vamos a hacer uso del recurso a la Corte Suprema, y si es necesario también a nivel internacional, pero por sobre todo, en el territorio estamos articulándonos en torno a cómo queremos nuestro desarrollo, incluyendo el área energética", dice López.