Corte deja sin efecto entrega de terreno para medialuna
PADRE LAS CASAS. El tribunal de alzada calificó de ilegal y arbitraria la decisión adoptada por el Concejo Municipal, por no realizar una consulta indígena.
La Corte de Apelaciones de Temuco acogió un recurso de protección presentado por las comunidades mapuches del sector Huichahue de Padre Las Casas, y dejó sin efecto el traspaso que el municipio hizo de un terreno a un club de huasos para que construyera una medialuna y un casino, porque no realizó una consulta indígena, vulnerando el convenio 169 de la OIT.
El dictamen fue pronunciado por los ministros Julio César Grandón Castro, María Elena Llanos y el abogado Integrante Fuad Halabi Riffo, quienes estimaron que no se aplicó una la consulta indígena, dejando sin efecto los actos administrativos de la Municipalidad de Padre Las casas, que vulneraron los derechos de las comunidades Entuco y Curiqueo Queupumil.
Al respecto, el tribunal de alzada sostiene: "Se acoge, el recurso de protección interpuesto en lo principal de la presentación de fojas 1, por la Comunidad Indígena Entuco, en contra de la Municipalidad de Padre Las Casas, dejando sin efecto el acuerdo del Concejo Municipal contenido en la Sesión Ordinaria N°98 del 18 de agosto de 2015, como asimismo, el Decreto Alcaldicio N°2852 de 3 de septiembre de 2015, por el cual se entrega en comodato el Lote N°2 de 1,5 hectáreas al Club de Rodeo Criollo de Padre Las Casas…".
El fallo agrega que "en el evento de optar por la realización de un nuevo Concejo Municipal para la aprobación de este proyecto, se adopten las medidas necesarias para llevar a efecto el proceso de consulta indígena en los términos que establece el artículo 6 del Convenio N°169 de la O.I.T., en relación con los artículos 16 y siguientes del Decreto N°66 del Ministerio de Desarrollo Social, de fecha 4 de marzo de 2014, con costas".
El recurso fue encabezado por Mónica Guzmán, presidenta de la comunidad Entuco y representada por la abogada de la Red por la Defensa de los Territorios, Daniela Morales, quien manifestó su conformidad por este pronunciamiento que posibilita un acto de justicia y reparación de derechos para las comunidades.
Al respecto la profesional valoró el fallo dictado por el tribunal de alzada. "Esto sienta un precedente importante, el primer caso por el tema de consulta indígena que tiene relación la enajenación de un predio que es reclamado por comunidades. Antes de realizar cualquier traspaso el municipio debió haberle consultado a las comunidades, al no hacerlo se generó una medida arbitraria e ilegal, porque ellos tienen títulos de merced sobre esos terrenos".
La abogada sostuvo que está a la espera de si el municipio apela a la resolución adoptada por la Corte de Apelaciones de Temuco.
En tanto, el asesor jurídico municipal de Padre Las Casas, Rodrigo Poblete, dijo que apelarán a la Corte Suprema.
"Nosotros vamos a presentar mañana (jueves) un recurso de apelación a la Corte Suprema".
Rodrigo Poblete,, asesor jurídico Padre Las Casas
1,5 hectáreas de extensión tiene el terreno en conflicto, ubicado en la comuna de Padre Las Casas.