Comuneros fueron condenados por quema de camiones en Ercilla
ANGOL. Hugo Melinao y Juan Patricio Queipul Millanao encontrados culpables por el delito de incendio.
En fallo unánime el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Angol condenó el día de ayer a los comuneros mapuches Hugo Melinao Licán y Juan Patricio Queipul Millanao como autores del delito de incendio consumado que el 2 de octubre de 2014 afectó a dos camiones en el sector Pailahueque de Ercilla.
Dicha determinación judicial, ejecutoriada por los jueces Pricilla Frantzen, Martín Fernández y Germán Varas, señaló además que en el caso de Juan Patricio Queipul, fuera también encontrado culpable por el delito de porte ilegal de arma de fuego y municiones.
En tanto, el tribunal absolvió a los acusados de los ilícitos de homicidio frustrado a Carabineros y amenazas a las víctimas y trabajadores de una hostería, por entender que si bien dichas conductas existieron, fueron los medios necesarios para cometer el delito de incendio.
La lectura del veredicto se realizó en medio de un abundante contingente policial y la presencia de personas provenientes de distintas comunidades mapuche quienes brindaron apoyo a los condenados.
En tanto, para este martes a las 16 horas quedó fijada la lectura en detalle de la sentencia a la cual se deberán enfrentar ambos comuneros.
Reacciones
Casi un año de investigación le tomó al Ministerio Público poder sumar pruebas y testigos para acreditar su tesis de que Melinao y Queipul participaron efectivamente en el ataque a los dos camiones en el sector Pailahueque.
Por eso, desde el órgano persecutor valolaron la determinación del Tribunal, explicando que en ella quedó desacreditada "la tesis de ambas defensas de que aquí había un montaje de Carabineros, que los hechos no habrían ocurrido tal cual la Fiscalía lo venía sosteniendo y que esto había sido un invento con la intención de perjudicar estas personas", afirmó el fiscal Luis Arroyo.
En tanto, desde la vereda de la defensa de los comuneros, no existió el mismo ánimo de satisfacción por lo decretado por el Tribunal Oral en Lo Penal de Angol, tras conocerse el resultado condenatorio contra ambos comuneros.
Uno de los que habló tras la lectura de sentencia fue el representante judicial de Juan Patricio Queipul, Sebastián Saavedra, quien sostuvo que "evidentemente no estamos conformes con el resultado final de la sentencia" y que esperarán conocer en detalle el fallo y así "estudiar posibles recursos legales" a futuro.
Los hechos
Decretada la culpabilidad de ambos imputados, de esa manera los jueces se convencieron que Melinao y Queipul tuvieron participación en la quema de dos camiones en el sector Pailahueque de Ercilla, la madrugada del 2 de octubre de 2014.
En esa oportunidad, los comuneros junto a otras personas, llegaron hasta la hostal 'El Conteiner', premunidos de armas cortas y largas, para luego intimidar a los comensales y los dueños del mismo negocio.
Segundos después, un grupo de ellos incendió parte de dos camiones que estaban estacionados en Ruta 5 Sur, dejando pérdidas por $18 millones.
Luego, los atacantes se trenzaron a balazos con personal de Carabineros que patrullaba el sector, resultando herido en ese intercambio de balas el comunero Hugo Melinao Licán.
Juan Patricio Queipul en tanto, fue detenido horas más tarde en el sector rural de Chamichaco, en instantes en que portaba una escopeta robada además de municiones de distinto calibre.
Con dicha resolución del Tribunal Oral en Lo Penal de Angol, las penas a las cuales se exponen Hugo Melinao y Juan Patricio Queipul no serán las que en su minuto solicitó el Ministerio Público, que oscilaban entre los 15 y 20 años de prisión efectiva, puesto que los jueces sólo encontraron culpable a los comuneros por el delito de incendio y no por homicidio frustrado contra Carabineros y amenazas como aseguró el fiscal Héctor Leiva en su acusación.
Medida cautelar
Tras la lectura del veredicto condenatorio, los mismos jueces acordaron modificar la medida cautelar que pesaba en contra de Hugo Melinao Licán de prisión preventiva por la de arresto domiciliario total. La medida si bien no fue compartida por el Ministerio Público, lo fue para su defensa que señaló al respecto que "era lógica por todo el tiempo que se mantuvo privado de su libertad". Dicha medida no fue compartida eso sí, para el otro comunero, Juan Patricio Queipul, quien fue dejado en prisión preventiva.