Lorenzo Lovera
En fallo dividido, los ministros de la Corte de Apelaciones de Temuco, Julio César Grandón, Tatiana Román y Luis Troncoso, acordaron en sentencia definitiva ratificar la absolución de Domingo Cofré por el homicidio de la sicóloga estadounidense Erica Hagan (22), al rechazar el recurso de nulidad que presentó el Ministerio Público.
Los ministros en la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco acordaron desestimar el reclamo de la Fiscalía respecto de la resolución adoptada por el Tribunal Oral, el pasado 23 de diciembre de 2015, de absolver al ex guardia del Colegio Bautista, con los votos a favor de Julio César Grandón y Tatiana Román. El voto disidente corrió por parte del presidente de la sala, Luis Troncoso.
En el texto, los ministros fueron tajantes en señalar que la investigación "abunda en cuestionamientos que dejó la pésima investigación realizada, y que dejó más dudas que certezas".
Una de esas dudas, según los ministros, radica en la entrega de prendas de vestir de ex imputados, citando por ejemplo a Esteban Gutiérrez, de quien los magistrados señalan que "entregó a la PDI un pantalón distinto al que según la cámara de vigilancia ocupaba. Tampoco consta que le hayan incautado prendas de vestir a Robinson Soto - otro ex imputado - en circunstancia que habría sido la última persona que actuó con la víctima".
Otro punto cuestionado fue la real motivación que tuvo el victimario para asesinar a Hagan la noche del 5 de septiembre de 2014 al interior del Colegio Bautista. Al respecto, los ministros estimaron que había "un profundo odio en contra de la víctima" agregando que Cofré "no la conocía o solo la conocía de vista".
Más adelante se precisa incluso que, "pretender se condene a alguien en un procedimiento que solo conduce a dudas, repugna el más elemental sentido de justicia yendo contra toda certeza acerca de la participación del hecho punible, y que en ningún caso ha podido destruir la presunción de inocencia que ampara al imputado", sentenciaron los ministros en fallo dividido.
Voto disidente
La lectura de sentencia fue realizada por el ministro Luis Troncoso, quien refirió haber sido el voto disidente entre los miembros del tribunal de alzada, explicando en detalle sus reparos.
En su relato, Troncoso dijo que "mi duda es, ¿si el imputado dijo siempre en su declaración que nunca había entrado al departamento que ocupaba la víctima, porqué están estas células en el atizador encontrado en la mesa del departamento?".
Acto seguido, afirmó que "no me cabe la menor duda ni aún la razonable que éste imputado participó en la muerte de la víctima, pero como en el actual procedimiento tiene derecho a guardar silencio, se abstiene de señalar quiénes fueron los coautores de tal ilícito".
Fiscalía
A pesar del revés judicial, desde la Fiscalía volvieron a señalar su convicción en que los antecedentes recopilados sí evidenciaban una participación de Domingo Cofré en el homicidio de Erica Hagan.
De esa forma lo planteó el fiscal vocero, Roberto Garrido, quien valoró el voto disidente del ministro Luis Troncoso, señalando que "el Ministerio Público desarrolló una investigación que abarcó distintas hipótesis, fue una investigación compleja, donde se reunió prueba científica que demostraba la participación de una persona. Hemos escuchado que un magistrado - Luis Troncoso - ha sostenido que era una prueba suficiente para pronunciar un veredicto condenatorio".
Garrido explicó además que "agotamos todas las instancias que correspondían" pero que así y todo, tanto los jueces del Tribunal Oral como los ministros de la Corte de Apelaciones estimaron que "la Fiscalía no había logrado vencer la presunción de inocencia, a pesar de las pruebas que se presentaron en este juicio".
Defensa
Satisfecho se mostró el abogado Luis Felipe Romero, al saber que la causa se cerró de manera casi definitiva y donde su teoría, finalmente fue la que se impuso entre los encargados de hacer justicia.
"Nosotros esperábamos que no se anulara el juicio, creemos que se hizo justicia en esta causa. Domingo Cofré es un hombre inocente, se probó en juicio y hoy día se ratificó por esta Corte", explicó Romero.
El defensor privado agregó también que ahora están evaluando las futuras indemnizaciones civiles contra el Estado y el Colegio Bautista ya que, a su juicio, "se ha producido un perjuicio por todo el tiempo que estuvo preso, siendo inocente".
Quien también mostró su total conformidad fue el padre del ex guardia, Juan Cofré, quien tras la absolución definitiva recordó "todo el sufrimiento que nos hicieron pasar a la familia, nuestros hijos, esposas" durante el proceso.
De esta forma, la justicia zanjó uno de los casos más emblemáticos de la Región y abre otro enigma. ¿Quién mató realmente a Erica Hagan?
Argumentos para rechazar el recurso
Para argumentar el recurso de nulidad, la Fiscalía sostenía que le Tribunal Oral hizo una valoración de la prueba de ADN lejana los parámetros que exige la ley y que hubo una omisión en la fundamentación valorativa de los testimonios prestados por dos peritos de la PDI. "Desde esta perspectiva es posible apreciar que el fallo en contra el cual se recurre de nulidad no ha incurrido en el vicio que se le achaca, esto es, haber omitido la exposición clara, lógica y completa de cada uno de los hechos y circunstancias que se dieron por probados, fueses ellos favorables o desfavorables al acusado y la valoración de los medios de prueba que fundamentan las conclusiones a que llegaron respecto de la responsabilidad de aquél", afirman los ministros.