El comercio debe cerrar a las 21 horas de este sábado 17 para respetar el feriado
FESTIVO. La nueva ley obliga a quienes trabajen este año en Fiestas Patrias a descansar el año siguiente. Las labores se regularizarán el martes.
Desde las 21 horas del sábado 17 hasta las 6 de la mañana del martes 20 todo el comercio debe permanecer cerrado de acuerdo al marco legal durante el desarrollo de estas Fiestas Patrias.
El seremi del Trabajo de La Araucanía, Joaquín Bascuñán, explicó que los recursos legales que norman las labores son el Código del Trabajo y las leyes de Feriado Irrenunciable (19.973) y de Normas Laborales en el Turismo (20.918), las que en las Fiestas Patrias de 2015 se respetaron por parte de las empresas. "En fiscalizaciones en terreno no hubo multas, y eso es destacable", dijo el seremi del Trabajo, quien anunció rondas fiscalizadoras de la Inspección del Trabajo para este fin de semana.
Las autoridades pueden evaluar multas a las empresas que infrinjan las normas, con valores de 5 a 20 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) por cada trabajador que labore cuando no corresponda y de 10 a 60 UTM por cada trabajador que esté en actividad más tarde que las horas de cierre de su local.
Para los días domingo 18 y lunes 19, los negocios podrán abrir sólo si son atendidos por sus dueños. Sin embargo, hay recintos que son excepciones y pueden funcionar durante el feriado, pero en su horario regular dependiendo del día. "Tenemos los cines, las discoteques, pubs, los casinos, los cabaret, las farmacias de urgencia y de turno, además de las bombas de bencina. También están las tiendas que están adosadas a los servicentros y donde se preparan alimentos", comentó Bascuñán respecto a los recintos que pueden funcionar este fin de semana.
Cine del portal temuco
El resto de los establecimientos, como multitiendas, supermercados y mall, deben mantener sus locales cerrados. El mall Portal Temuco tendrá una excepción sólo para el funcionamiento de las salas Cineplanet.
Además, a contar de este año comienza a regir la legislación sobre el descanso alternado, definido en la ley 20.918. Esta normativa consigna que si un trabajador va a trabajar durante este feriado su descanso será obligatorio en el mismo feriado del próximo año, lo que también será penalizado contra la empresa en caso de no cumplirse.