Voto de chilenos en el exterior
¿Cómo se sentiría usted si una persona que vive a unas 100 cuadras de su casa, que ni siquiera conoce, decida que desodorante debe usar en su baño, a qué hora debe sacar a su mascota a pasear, o regar el pasto, o si cambia el refrigerador de la cocina al comedor o elija el administrador de su condominio, sin pagar los gastos comunes que corresponden, porque los paga en la comunidad donde ella vive, como se dijo, a 100 cuadras de distancia y otras tantas decisiones tan suyas, tan personales y familiares?
No es acaso la situación de las personas que viviendo en el extranjero, a miles y miles de kilómetros de nuestro Chile, votan y eligen a nuestras autoridades, Presidente, parlamentarios y otras y ahora en el proceso constitucional, o sea votan (deciden) y votarán (decidirán) respectivamente, temas muy importantes en la vida de los chilenos, sí de los chilenos que sí viven y mueren en nuestro Chile, y que siguiendo la idea del párrafo anterior, la de los gastos comunes, tampoco pagan sus impuestos en Chile, sino que lo hacen donde viven desde hace muchísimo tiempo y que es lo que les corresponde hacer.
¿Entonces, será justo y adecuado que sus decisiones a través de su voto, efectuado a tan larga distancia, como a través de un control remoto, influyan en todos los que estamos aquí viviendo en vivo y en directo, destrucción, saqueos, chilenos con traumas oculares, comercio en quiebra, etcétera, que elijan a las autoridades, con las que nosotros, los que sí vivimos aquí, deberemos convivir en el día a día, con sus aciertos y sus desaciertos, con sus locuacidades y silencios, con sus resoluciones e irresoluciones, etcétera?
¿No le parece a usted, que lo mínimo para que una persona le solicite o determine cambiar el color de las murallas de su casa, la cantidad y el tipo de pan que va a comprar o qué día debe lavar su ropa, lo mínimo minimorum, es que viva con usted en su casa y no a 100 cuadras de distancia?
Nota: Vea usted que hoy día, un chileno(a) que reside en Chile, no puede llegar y votar por un candidato(a) que se presenta en otro lugar que no sea en donde registra su domicilio personal, incluso aunque sea del distrito vecino, al lado, y la razón, palabras más, palabras menos, es que se debe votar por candidatos con los que usted "supuestamente" interactuará a diario en su localidad y que sus decisiones al ejercer el cargo, influirán en su vida diaria y en las de sus vecinos...
Entonces, ¿cómo se sentiría usted?
Luis Enrique Soler Milla
Ayuno intermitente
Siempre ha sido un tema controversial el poder encontrar dietas o regímenes alimentarios que sean capaces de bajar aquellas calorías extras, que se encuentran en los depósitos de grasa. La acumulación de grasa corporal se ve aumentada en situaciones donde, por ejemplo, las personas que gozan de vacaciones con exceso de reposo o que realizan trabajos sedentarios (conductores, operarios de maquinarias, oficinistas, etc…), no se percatan del aumento en la ingesta de los alimentos y preparaciones típicas de temporada de nuestro país que son altamente calóricas. Lamentablemente esta conducta alimentaria extendida en el tiempo, tiene consecuencias para la salud.
Actualmente esta adherencia a este plan de alimentación es controversial, pero surge un estudio actual que demostró que personas con síndrome metabólico, reportaron disminución del peso, circunferencia de cintura, grasa corporal y visceral, menor presión arterial, lípidos aterogénicos y reducción de marcadores de glucosa en sangre, entre otras.
Queda una ventana abierta para tomar conciencia de los alimentos que realmente necesitamos consumir, tomando en consideración los tiempos actuales de crisis climática.
Edson Yáñez Barros, académico Escuela Nutrición y Dietética U. Andrés Bello
FF.AA. y seguridad nacional
Nuestra Constitución Política dice: Las Fuerzas Armadas "existen para la defensa de la patria y son esenciales para la seguridad nacional" (art. 101).
Podemos definir el concepto de seguridad nacional como "la calidad o condición de un Estado que le permite precaver y superar las amenazas o peligros -externos o internos- que atenten contra su supervivencia, estabilidad o desarrollo".
Por otra parte, nuestra Carta Fundamental establece: "Los órganos del Estado deben someter su acción a la Constitución y a las normas dictadas conforme a ella, y garantizar el orden institucional de la República" (art. 6º).
Cuando la estabilidad del Estado y el orden institucional de la República están amenazados: ¿cuáles son los órganos del Estado que los aseguran en última instancia?
Adolfo Paúl Latorre, abogado