"Los sueños de una sociedad no se resuelven en una Constitución"
¿Qué parte del actual proceso constituyente en Chile es distinta de los otros cuatro grandes? ¿Qué significa partir desde una "hoja en blanco"? ¿Puede el gobierno tener prescindencia? ¿Qué efectos tendrá el plebiscito? El experto analiza estos y otros puntos.
El acuerdo alcanzado en noviembre de 2019 trazó el itinerario de un proceso constituyente que consideraba su inicio con un plebiscito en abril de este año. La pandemia del coronavirus alteró las fechas, pero Chile ya se encuentra a menos de dos meses de elegir, con un Apruebo o un Rechazo, si reemplazará la Constitución de 1980.
Este proceso constituyente no es el primero, sino el quinto que enfrenta el país y, para analizarlo con un espesor histórico, Juan Luis Ossa, historiador, doctor en la Universidad de Oxford e investigador del Centro de Estudios Públicos (CEP), escribió el libro "Chile Constitucional" (Editorial Fondo de Cultura Económica, cuyo lanzamiento será este martes 8 de septiembre), donde hace un recorrido por los cuatro grandes procesos constituyentes de la historia de Chile (1828, 1833, 1925 y 1980), además de algunas consideraciones sobre el que actualmente se está desarrollando.
-A la luz de los procesos constituyentes en la historia de Chile que estudia en su libro, ¿hay algo distintivo o particular en el actual?
-Sí, la génesis del proceso constituyente actual es original en el sentido que es distinta. Porque se aprobó por representantes de la mayor parte del espectro político; también porque vamos a decidir de entrada y de salida si queremos una nueva Constitución, todos mecanismos que no habían sido ensayados con anterioridad, ya sea porque en el siglo XIX no era común tener un proceso de esa naturaleza o porque, más en el siglo XX, las autoridades que estaban en el poder no creyeron en este tipo de deliberaciones. Me parece que el proceso constituyente actual, que entiendo no como una mera reforma o momento constitucional, sino como algo mucho más estructural, es sin duda original. Lo que no quiere decir que sea necesariamente revolucionario.
-¿Existe algo así como una "tradición constitucional chilena"?
-Es un problema difícil de resolver, porque dependerá entre otras cosas de qué entendemos por tradición. En el libro intento diferenciar lo que muchas veces se entiende por tradición. En términos identitarios, no creo que exista una tradición constitucional esencialmente chilena, ya que eso sería dar un valor a lo constitucional que va más allá de lo que generalmente conocemos como una Constitución. Sin embargo, sí creo que existe un mecanismo histórico que podríamos asimilar al concepto de tradición, el cual enfatiza la reforma gradualista y una cierta deferencia con el pasado. En ese sentido, entiendo el concepto de "tradición" de forma relativamente similar a como Edmund Burke definía la sociedad: como un contrato entre los muertos, los vivos y los que están por nacer.
-Pero no siempre ha habido tal gradualismo.
-Así es, la pregunta es cuándo y de qué forma esa manera de entender el concepto ha sido más utilizado que en otras; o, para decirlo de manera distinta, cuándo ha habido quiebres de esa tradición. Yo señalo que el proceso constituyente que deriva en la Constitución de 1980 quebró con ese espíritu reformista y gradualista.
-Ese proceso se planteó verdaderamente como una "hoja en blanco".
-Efectivamente, se planteó como una nueva Constitución. Si uno compara los procesos constituyentes de 1833, 1925 y 1980, lo que uno nota es que, al menos en el espíritu político, queda de manifiesto que los dos primeros casos se conciben a sí mismos como procesos de reformas de sus antecesoras: en el de 1833, de la de 1828; en el de 1925, de la de 1833. Cuestión que no se aprecia en el proceso constituyente de 1980. En primer lugar, porque muy pronto la Junta de Gobierno se arrogó la iniciativa constituyente; la primera vez en septiembre de 1973, pero más firmemente en noviembre de ese año; luego, porque Jaime Guzmán en una entrevista muy importante de 1975 explícitamente dio por "muerta" a la Constitución del 25; finalmente, en el mensaje presidencial que acompaña a la Constitución de 1980 quedó muy claro que el país estaba frente a una nueva Constitución. Ese último mensaje estuvo inspirado en el acto de Chacarillas, donde se resalta una y otra vez la nueva institucionalidad que se estaba construyendo. Entonces, el espíritu de la Constitución del 80 es refundacional. Esto no quiere decir, sin embargo, que en su articulado se aprecie un quiebre tan marcado. Ambos son, en efecto, problemas o aspectos distintos: el primero es más simbólico, y remite a lo que se dice y lo que se hace con aquello que antecedió; el segundo es más práctico y concreto, y refiere a qué es lo que al final de cuentas se materializa en la Constitución.
-¿Qué opina de la "hoja en blanco" como opción constitucional?
-La discusión, otra vez, tiene por lo menos dos planos. Si el Apruebo gana el 25 de octubre, sea cual sea la naturaleza de la Convención, sin duda que esos constituyentes van a empezar de una hoja en blanco, en el sentido de que van a tener que redactar el cuerpo constitucional que nos rija en el futuro. Pero la cuestión es si la hoja en blanco debe ser sinónimo de fojas cero, como si tuviéramos que empezar a pensar de nuevo el país. Considero que no hay que entenderlo en esa línea: no creo que sea necesario empezar todo otra vez. Para decirlo en simple: los futuros convencionales tienen que ser deferentes con la historia y con el largo contrato social que existe, insisto, entre los muertos, los vivos y los que están por nacer.
-¿Qué aspectos de la Constitución de 1980 deberían mantenerse en la próxima, si hay próxima?
-Hay muchos artículos y aspectos de la Constitución del 80
"No creo que sea necesario empezar todo otra vez. En simple: los futuros convencionales tienen que ser deferentes con la historia y con el largo contrato social que existe entre los muertos, los vivos y los que están por nacer".