Derecho a la vivienda queda en el borrador de la nueva Constitución
CONVENCIÓN. Pleno aprobó parte del segundo informe de Derechos Fundamentales. También visó norma que permite a sindicatos participar en decisiones de las empresas.
El Austral
El pleno de la Convención Constitucional inició ayer la votación en particular del segundo informe de la Comisión sobre Derechos Fundamentales, que incluía normas sobre los denominados "derechos sociales", tales como la vivienda, la protección social y la educación.
Respecto de la vivienda, se aprobó parcialmente el artículo 4, pasando a formar parte del borrador de la nueva Constitución la norma que establece que "toda persona tiene el derecho a una vivienda digna y adecuada, que permita el libre desarrollo de una vida personal, familiar y comunitaria".
Además, fue aprobado el texto que señala que "el Estado deberá tomar todas las medidas necesarias para asegurar el goce universal y oportuno de este derecho, contemplando, a lo menos, la habitabilidad, el espacio y equipamiento suficiente, doméstico y comunitario, para la producción y reproducción de la vida, la disponibilidad de servicios, la asequibilidad, la accesibilidad, la ubicación apropiada, la seguridad de la tenencia y la pertinencia cultural de las viviendas, de conformidad a la ley".
El resto del artículo no alcanzó el quórum de dos tercios, pero al recibir la mayoría de los votos volverá a la comisión para que esta elabore una nueva propuesta.
En tanto, fueron rechazadas las indicaciones presentadas por la convencional Rocío Cantuarias (Chile Vamos). Una de ellas planteaba que "la propiedad sobre la vivienda es inviolable" y que "el Estado tiene el deber de erradicar toda toma, ocupación u otro uso ilegal de la propiedad ajena".
Otra de los artículos aprobados parcialmente fue el 7, relativo al derechos a la ciudad y el territorio. Quedó en el borrador de la futura carta magna la norma que reconoce a todas las personas el "derecho a habitar, producir, gozar y participar en ciudades y asentamientos humanos libres de violencia y en condiciones apropiadas para una vida digna".
El texto visado por el pleno también señala que "el derecho a la ciudad es un derecho colectivo orientado al bien común y se basa en el ejercicio pleno de los derechos humanos en el territorio, en su gestión democrática y en la función social y ecológica de la propiedad".
Con respecto a la protección del trabajo y el derecho al trabajo decente, fue rechazada toda la propuesta de la comisión, excepto el inciso quinto, que "prohíbe cualquier discriminación entre trabajadoras y trabajadores que no se base en las competencias laborales o idoneidad personal, así como el despido arbitrario".
Otro de los aspectos llamativos de la jornada fue la aprobación del artículo que permitiría a los sindicatos participar en las decisiones de las empresas. En específico, el artículo 9 señala que "los trabajadores y trabajadoras, a través de sus organizaciones sindicales, tienen el derecho a participar en las decisiones de la empresa. La ley regulará los mecanismos por medio de los cuales se ejercerá este derecho".