Izquierdas se mantienen divididas sobre cambios al concepto de "justo precio"
PLEBISCITO. Aunque el ministro de Hacienda, Mario Marcel, había señalado que era necesario despejar dudas, en los partidos de gobierno no hubo consenso sobre el tema y este se excluyó del acuerdo presentado hace diez días.
El acuerdo del oficialismo presentado el jueves de la semana pasada recogió varios de los temas que han estado en el centro del debate. Pero uno de ellos no se menciona: el concepto de "justo precio" utilizado en la propuesta de Constitución.
El artículo 78 del texto redactado por la Convención, sobre derecho de propiedad, dice que, en caso de expropiación, "el propietario siempre tiene derecho a que se le indemnice por el justo precio del bien expropiado".
Mario Marcel, ministro de Hacienda, había afirmado en una reunión con la industria inmobiliaria que, de ganar el Apruebo, se había conversado dentro del Gobierno que hay que priorizar y despejar los temas económicos para dar certidumbre a los mercados, "como aquella que ha levantado polémica, como es el pago del 'justo precio' en caso de expropiación".
Sin embargo, entre Apruebo Dignidad y Socialismo Democrático no hubo acuerdo en posibles cambios sobre este aspecto.
Natalia Piergentili, presidenta del Partido por la Democracia (PPD), cuenta que "al día siguiente de que el Presidente de la República instó a los colectivos para confeccionar el acuerdo, nos juntamos los presidentes del Socialismo Democrático para priorizar los temas y el concepto de 'justo precio' no llegó a la mesa de negociaciones". Reconoce que "si bien hubiese sido interesante incorporar el concepto 'justo precio' a la discusión, no habíamos abordado el tema con profundidad y no existía consenso respecto de cómo reemplazar el concepto. Algunos apoyaban que la frase debería haber sido 'precio de mercado' y otros que debía ser 'daño patrimonial'. De hecho, algunos de mis senadores eran hinchas de poner el tema en la mesa, como (Ricardo) Lagos Weber, que hubiese querido que se precisara la definición de 'justo precio', cómo se calculaba y para quién era justo".
Por su parte, Tomás Hirsch, presidente de Acción Humanista, sostiene que "en las conversaciones con la ciudadanía sobre los temas que les inquietaban y que generaban dudas, nunca salió el 'justo precio', por lo cual ninguno de los que integraron las negociaciones lo planteó".
Otros participantes de las reuniones aseguran que el tema sí se discutió en las primeras citas de los nueve días en los que se extendieron las negociaciones, pero que rápidamente se vio que no llegarían a consenso, por lo que se decidió no seguir insistiendo en el punto.
Al interior de Socialismo Democrático comentan que era importante mostrar un compromiso para reformar dicha norma, pero en Apruebo Dignidad, sobre todo en el Frente Amplio, señalan que el articulado se asemeja al estándar europeo y que, por tanto, no habría nada que mejorar.
Debate constituyente
En la Convención transitaron más de 20 normas sobre derecho de propiedad y expropiación. Allí, convencionales de Vamos por Chile impulsaron conservar la redacción de la Carta Fundamental vigente, que dice que el expropiado "tendrá siempre el derecho a indemnización por el daño patrimonial efectivamente causado".
Otras normas propuestas por colectivos de izquierda consideraban fórmulas distintas; por ejemplo, que ante una expropiación, los titulares serían indemnizados "sobre la base del costo original, deducidas las amortizaciones, depreciaciones, castigos y desvalorización por obsolescencia", como versaba una norma sobre propiedad minera rechazada, presentada por convencionales de Apruebo Dignidad, Pueblo Constituyente e independientes.
También se discutieron otras fórmulas que hablaban de "compensación justa", "justo monto" y, finalmente, se llegó al "justo precio", "concepto asentado en la doctrina y en la jurisprudencia nacional. Ese concepto además fue definido por la Corte Suprema como el valor de mercado", sostiene César Valenzuela, exconvencional del Colectivo Socialista.
Javier Couso, profesor de derecho constitucional de la U. Diego Portales considera adecuado hablar de "justo precio", "ya que es técnico, jurídico y muy preciso para la Corte Suprema, y es el valor de mercado", comenta. Agrega que incluso la actual ley de expropiación podría seguir vigente de aprobarse la nueva Constitución, "ya que el concepto tiene exactamente la misma protección", dice.
Por el contrario, para Alejandro Parodi, profesor del departamento de Derecho Público UC, "la incorporación del 'justo precio' abre espacio al debate y la interpretación, no siendo posible asegurar que la futura aplicación de estos conceptos será la misma". Mientras tanto, el exconstituyente Bernardo Fontaine (Vamos por Chile) señala que de aprobarse la propuesta constitucional, "para la aplicación del 'justo precio', el juez verá la historia de la Convención, donde se votó en contra del daño patrimonial, contra que nadie saliera empobrecido con una expropiación y contra el valor de mercado".
Para Cecilia Cifuentes, directora ejecutiva del Centro de Estudios Financieros de la U. de los Andes, el debate no se ha cerrado aún, "porque el concepto de precio justo es bastante más vago que la pérdida patrimonial efectiva o el precio de mercado. La pregunta relevante es ¿'justo' para quién, para el comprador o el vendedor?".
"La incorporación del 'justo precio' abre espacio al debate y la interpretación, no siendo posible asegurar que la futura aplicación de estos conceptos será la misma".
Alejandro Parodi, profesor Derecho Público UC