Senado: Ley Antonia ya es una realidad
AVANCE. Se ratificó el informe de la Comisión Mixta, con lo que solo resta su promulgación para convertirse en ley.
Con la ratificación unánime del Senado del informe de la Comisión Mixta sobre la llamada 'Ley Antonia', la propuesta legal quedó a un paso de convertirse en ley, restando solo su promulgación por parte del Ejecutivo.
Cabe recordar que se incluye una serie de modificaciones al Código Penal, al Código Procesal Penal y a otras leyes, para un trato digno y resguardando la vida, la integridad física y la indemnidad sexual de las víctimas. Asimismo, se incluye un estatuto de garantías para evitar la revictimización, que surgieron a raíz del caso de Antonia Barra. El informe de la Comisión Mixta incorporó las figuras de inducción al suicidio y el suicidio femicida, castigando a quien, en el marco de violencia de género, cause el suicidio de una mujer, recibiendo hasta 10 años de pena (presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo como autor de suicidio femicida).
Violencia de género
Define, además, que la violencia de género es cualquier acción u omisión basada en el género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer. Ello, donde quiera que esto ocurra, especialmente en razón de su género.
Sobre inducción al suicidio se castigará a quien lo induzca con hasta 3 años de presidio (presidio menor en sus grados mínimo a medio); si se produce la muerte, la pena máxima será de 5 años (presidio menor en sus grados medio a máximo) y si la inducción al suicidio y la consecuente muerte de la víctima se produce con ocasión de concurrir alguna de las circunstancias relativas a la razón de género, el agresor recibirá la pena de hasta 10 años (presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo).
10 años de presidio será el castigo para el agresor si la inducción al suicidio se produce con ocasión de concurrir alguna de las circunstancias relativas a la razón de género.