20 años de cárcel para convivientes por delitos sexuales reiterados contra sus propias hijas
TRIBUNAL ORAL. El fallo detalla que los condenados provocaron a las víctimas, 3 niñas de entre 4 y 11 años, "innumerables y reiteradas agresiones sexuales, de las más variadas, con una intensidad que raya en lo inhumano".
Una sentencia de 20 años de presidio efectivo obtuvo la Fiscalía en contra de una pareja de convivientes que fue condenada por delitos reiterados de violación, abuso sexual calificado, estupro y abuso sexual impropio, que cometieron en perjuicio sus propias hijas menores de edad, en el sector Labranza de Temuco.
El fiscal Ítalo Ortega, de la Unidad de Delitos Sexuales de la Fiscalía Local de Temuco, explicó que 2 de las víctimas son hijas de la mujer condenada, de iniciales C.S.F., de 47 años, quien no sólo permitió que fueran abusadas y violadas por su conviviente, sino que tomó parte en algunos de los vejámenes. "Participaba activamente en algunos hechos de abuso, observando los mismos en otros casos y también permitiendo que el imputado varón realizara estos actos en contra de las víctimas. De tal manera fue condenada no sólo por la participación directa, sino que también por permitir y no impedir que estos hechos se continuaran ejecutando", detalló el persecutor.
El fallo del Tribunal Oral en lo Penal de Temuco dio por acreditado que entre los años 2010 y 2018 el condenado, de iniciales N.S.M., de 54 años de edad, violó y abusó sexualmente en reiteradas oportunidades de las hijas de la coimputada, con la participación de esta última en varios de los hechos, y que además, entre los años 2011 y 2021 abusó sexualmente de su hija biológica, mientras esta permanecía bajo su cuidado. Las víctimas tenían 8, 11 y 4 años de edad, respectivamente, cuando comenzaron a ser abusadas sexualmente.
El fiscal Ítalo Ortega explicó que el tribunal impuso a cada uno de los condenados una pena de 20 años de presidio. "Esta pena dice relación con la gravedad de los hechos, la naturaleza de los delitos, recordemos que acá no sólo hay abusos sexuales, sino también hay violaciones reiteradas. En consecuencia, la pena entendemos se ajusta a derecho y es una de las más altas que contempla nuestra legislación penal".
"Intensidad que raya
en lo inhumano"
La sentencia detalla que se impuso esa pena porque los condenados "actuaron conjuntamente y en un espacio de tiempo de varios años en los que provocaron innumerables y reiteradas agresiones sexuales, de las más variadas, con una intensidad que raya en lo inhumano, más aun tratando de niñas, dos de las cuales eran hijas de la acusada y la tercera hija del acusado".
Agrega que "se acreditó durante el juicio que estas agresiones sexuales implicaron accesos carnales por diferentes vías, utilizando elementos de juego sexual, actuando los acusados deliberadamente y sin medirse en lo más mínimo".
Por ello, concluye que "aun cuando pudiesen ser menos figuras penales, la intensidad de cada una implica la mayor gravedad y no poder rebajar la pena en sentido alguno".